martes, 21 de abril de 2009

Espacio Natural Protegido


El concepto de espacio natural protegido ha ido cambiando a lo largo de las últimas décadas. De ser el valor del paisaje casi la única consideración tenida en cuenta para otorgar a un espacio la categoría de singular, se ha pasado a valorar la diversidad de hábitats, de especies y de las funciones ecológicas, educativas y culturales que posee un lugar determinado.

Espacios Naturales Protegidos

Un espacio natural protegido "es un área tanto terrestre como marina protegida jurídicamente en función de sus valores naturales y de los procesos ecológicos que en ella se desarrollan y que ha de ser gestionada con el fin de garantizar su protección". En España la Ley 4/89, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y la Ley 41/97 que la modifica, establecen el marco básico de protección de los espacios y recursos naturales.

En función de los bienes y valores a proteger, los espacios naturales protegidos se clasifican en algunas de las siguientes categorías: Parques, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos. La declaración y gestión de estos (incluida la Red Ecológica Europea Natura 2000) corresponde a las comunidades autónomas en cuyo ámbito territorial se encuentren ubicados, sin perjuicio de lo dispuesto en las competencias estatales, en especial, en lo que respecta al mar territorial.

 

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